El otro lado del espejo

Por LUIS GRAU LOBO

Luis Grau Lobo.

La inexistente ‘Fundación tan Española como otras de Abogados Laicos’ anuncia que, tomando como fundamento el artículo 16.3 de la Constitución española, el código civil y el sentido común, ha emprendido las siguientes acciones legales en forma de denuncias y querellas varias y pirotécnicas.

Contra la iglesia católica española y sus distintas instancias y escalafones:
– Por abusos continuados y sistémicos a menores y la ocultación prolongada de tales delitos.
– Por trato discriminatorio y denigrante hacia las mujeres y hacia colectivos de distinto género y orientación sexual.
– Por colaboración y connivencia con la dictadura.
– Por la inmatriculación a su nombre, con ocultación y alevosía, de miles de propiedades y bienes raíces que ni son suyos ni deberían.
– Por la cuestionable propiedad plena de inmuebles mantenidos, reparados, reformados y reconstruidos con caudales públicos.
– Por la falta de contribución al bien público mediante el pago de impuestos.
– Por cobro de tarifas irregulares con subterfugio de su carácter voluntario.
– Por la adscripción confesional de menores sin posibilidad de reafirmarse o anular tal hecho en la mayoría de edad con idéntica facilidad.

Contra el Estado español y sus distintas y relajadas administraciones:
– Por trato de privilegio mediante el llamado Concordato.
– Por exceso de financiación a una organización que se supone sufragada por sus partidarios a través de una casilla del IRPF y por donaciones.
– Por la falta de iniciativa a la hora de expropiar bienes muebles e inmuebles de titularidad eclesiástica por razones de interés general.
– Por dejación de funciones para registrar inversiones y aportación de caudales públicos en forma de porcentaje de titularidad de edificios y bienes eclesiásticos.
– Por inclusión de materia y asignatura religiosa en el programa educativo y permisividad ante una enseñanza desigualitaria de facto.
– Por la falta de inspección y sanción en los incumplimientos de leyes en distintas materias: patrimonio cultural, educación, etc.
– Por autorizar a entidades privadas la invasión de espacio público y restricciones a la libre circulación durante la llamada Semana Santa y otras ceremonias, incluyendo la emisión de ruidos y molestias varias.
– Por la presencia de crucifijos y otros símbolos confesionales en actos públicos así como por el desarrollo de ceremonias religiosas y existencia de elementos confesionales en protocolos laicos.
– Por el estrepitoso sonido de las campanas. Hala.

Nota final: Los sucesos y personajes aquí descritos son completamente ficticios. Cualquier parecido con personas reales, vivas o muertas, o con hechos reales es pura coincidencia.

(Publicado en La Nueva Crónica de León el 12 de enero de 2025)

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