Desahucio es la expulsión del inmueble por incumplimiento contractual; en internet, la primera entrada que ofrece Google a la voz desahucio es una empresa que asesora gratuitamente (competencia desleal) y los tramita en tiempo record por el módico precio de 150 euros al mes, si bien no dice durante cuanto tiempo.
Aunque el fenómeno afecta tanto a los arrendatarios como a los propietarios, estos últimos estuvieron protegidos hasta este siglo por las premisas de que el salario nunca baja y la vivienda siempre se revaloriza. Pero claro, el sistema no contaba con que los gobiernos del Reino permitieran –entre otras cosas– la construcción de casi un millón de viviendas en un paisito de cuarenta millones de almas. Con ello una legión de chavales colgaron los libros y varias divisiones de ilusos compraron casoplones muy por encima de sus posibilidades para que ahora, el amistoso banquero que les valoró la casa en un pastón, los eche a patadas por dos mangos. El escenario se completa con unos bancos cuyos fracasos paga ese mismo ciudadano al que no se le perdona ni una.
La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Juliane Kokott, acaba de dictaminar que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas. El dictamen de la abogada general responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona en julio de 2011, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca. El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo. La ley española no permite paralizar el desahucio invocando una cláusula abusiva, sino que esta cuestión debe solucionarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión. Al contrario, la norma europea exige que el consumidor disponga de un recurso legal eficaz para demostrar el carácter abusivo de las cláusulas de su contrato de préstamo, merced al cual, si se da el caso, pueda detenerse la ejecución forzosa. Muy expresivamente dice el juez decano de Bilbao que no quiere ser el cobrador del frac.
Los 46 jueces decanos de toda España –que representan a más de 2.000 magistrados– han dado su apoyo incondicional al informe de siete jueces contra la actual legislación hipotecaria. Ante los expedientes de desahucio, el margen de maniobra del juez y del deudor es nulo porque la ley impide la dación en pago, arrendamientos sociales o moratorias en lugar de la expulsión de las casas, como ya ha ocurrido con casi 400.000 familias desde que se inició la crisis.
Hace unos días una exconcejala se tiró por la ventana antes de que la lanzaran de su hogar. Otros tal vez también se asomen a la ventana, pero con un fusil.
